Términos y condiciones generales de contratación

Términos y condiciones generales de contratación

Normas generales de obligado cumplimiento Escar l’Escala S.L.

El acceso y la permanencia en el recinto de ESCAR L’ESCALA S.L. se encuentra sujeto al previo cumplimiento de todas las normas y directrices establecidas por la Dirección, incluidas las presentes, el Reglamento de explotación del Varador del Puerto de la Escala aprobado por Puertos de la Generalitat en marzo del año 2000, en lo que pueda serle de aplicación, y el Reglamento General de Policía de  Ports de Catalunya. Asimismo, se encuentra sujeto a la normativa ambiental aplicable así como al Real Decreto 171/2004 que desarrolla la Ley de Prevención en materia de actividades empresariales para contratistas en centros de trabajo ajeno, de modo que todas las personas (usuarios, industriales, etc.) que se encuentren en las instalaciones del ESCAR L’ESCALA, SL, aceptan todas y cada una de las normas establecidas y se obligan a acatarlas en todo momento.

Todas las personas que se encuentren por cualquier motivo en las instalaciones del ESCAR LA ESCALA deberán acatar en todo momento las órdenes y directrices de la dirección, así como de cualquier miembro de su personal que se encuentre en el momento a cargo de las instalaciones.

Condiciones generals de contractación Escar l’Escala

1. Solicitud de servicios y definiciones

La solicitud de prestación de servicios y la contratación que lleva implícita su prestación se efectúa para totalidad del período en el que la embarcación permanezca en el recinto del varadero y por el precio y tarifas establecidas.

La persona (física o jurídica) que contrata el servicio declara bajo su responsabilidad que es propietaria de la embarcación objeto del contrato o que, por cualquier título válido de derecho, puede obligarse en relación a la misma o ha sido designada para realizar actuaciones en beneficio de la embarcación, en los términos descritos en el contrato, bien sea como armador, patrón, capitán, gestor, profesional de servicios náuticos o cualquier otro, haciéndose responsable del pago de los servicios contratados.

Escar L’Escala SL sólo reconocerá en relación con este contrato a la persona contratante. Sin embargo, el presente contrato se extiende a todos los efectos legales al Propietario de la embarcación, además del contratante. En cualquier caso, la firma del presente contrato atribuye la condición de armador al autor de esta firma.

Al efecto de notificaciones y, especialmente la reclamación de las facturas pendientes, el contratante designa como dirección la que consta en este contrato, con independencia de la calidad en la que encargó los servicios. Escar L’Escala SL se compromete a realizar los servicios que se describen en el pie del contrato. Escar L’Escala SL no se responsabiliza de cualquier otro trabajo que se realice en la embarcación por parte de otras personas ni de ningún otro que no le haya sido contratado.

2. Datos de la embarcación

El contratante está obligado a facilitar a Escar L’Escala los datos y planos que sean necesarios para la izada, estancia o varada de la embarcación, así como a informar de cualquier circunstancia y/o elemento de la embarcación que pueda afectar a la buena marcha de las maniobras o causar daños en la embarcación o sus elementos, debiendo estar presente en el momento de realizarlas para supervisar estas operaciones. El Propietario de la embarcación y el contratante de los servicios serán responsables de los daños, tasas y costes adicionales derivados de la obsolescencia, falseamiento o error en los datos y documentos facilitados. Las condiciones de estabilidad y calados indicados serán responsabilidad del propietario de la embarcación y del contratante de los servicios. Igualmente será de su exclusiva responsabilidad cualquier daño que se produzca por la incorrecta información o carencia de la misma.

3. Estado y seguro de la embarcación

Escar L’Escala recibe la embarcación en el estado de conservación y mantenimiento que la entrega el contratante, con la documentación en regla y seguro contratado, así como libre de contenidos que, por su propia individualidad, pudieran separar naturalmente y/o fácilmente de la misma. Escar L’Escala SL no se hace responsable de la desaparición, robo, rotura o deterioro de cualquier elemento móvil o susceptible de ser sustraído por cualquier medio que se encuentre en la embarcación.

Escar L’Escala no es responsable del desgaste de las embarcaciones y sus elementos cuando éste sea causado por el paso del tiempo y las inclemencias meteorológicas.

Escar l’Escala no se hace tampoco responsable de robos o hurtos de elementos interiores o extraibles de la embarcación mientras ésta permanece en sus instalaciones durante los períodos de estancia o invernaje, siendo responsabilidad exclusiva del contratante y/o de los titulares o responsables de la embarcación asegurarse de que durante estos períodos de estancia la embarcación queda debidamente cerrada así como de revisarlo regularmente.

4. Estancia

Queda expresamente prohibido habitar, pernoctar, y/o realizar cualquier actividad lúdica o de limpieza personal en la embarcación durante su estancia en las instalaciones de Escar L’Escala SL. La prestación de servicios se ciñe pura y exclusivamente a los servicios contratados y, en cualquier caso, tienen como finalidad la reparación y/o el mantenimiento y/o el simple pupilaje y estancia de la embarcación según lo convenido por las partes contratantes.

Todas las embarcaciones que se encuentren en las instalaciones de Escar l’Escala SL tendrán que abonar la tarifa de estancia correspondiente, aunque sean objeto de reparación por parte de la empresa.

5. Trabajos

A petición del contratante, Escar L’Escala se compromete a procurar la realización de cualquier otro servicio respecto a la embarcación, los cuales serán objeto de contratación directa con el prestatario y sin ningún tipo de responsabilidad hacia Escar L’Escala SL.

6. Seguridad

Cuando deba recurrirse a la ayuda de buceadores para la izada o arriada de la embarcación, el coste y riesgo de estas operaciones correrán a cargo del contratante y el propietario. Escar L’Escala se reserva el derecho de situar, desplazar o desmontar las embarcaciones y/o sus aparatos para la seguridad del varadero, de la embarcación y de las otras embarcaciones, ya sea para la gestión idónea de los residuos y de los equipos o para la mejor distribución del espacio.

7. Tarifas

Escar L’Escala tiene a disposición sus clientes un listado de tarifas actualizado. Esta lista, junto con las tarifas que resulten de aplicación en cada caso, se entenderá incorporada al presente contrato. Los trabajos no comprendidos en el citado listado podrán ser presupuestados con anterioridad a petición del cliente. La aceptación del presupuesto supone la renuncia a toda reclamación contra Escar L’Escala por discrepancias en el precio. Escar l’Escala no abonará los servicios no prestados a petición del cliente una vez finalizado el período de las promociones contratadas.

A las embarcaciones con remolque les será de aplicación una tarifa de estancia con un metro suplementario en la eslora que conste en su documentación o certificado del constructor.

Escar l’Escala SL tendrá en cuenta la eslora que conste en el registro marítimo o en el certificado de conformidad del constructor de la embarcación para la aplicación de sus tarifas.

8. Pago

El contratante y subsidiariamente el propietario o armador de la embarcación quedan obligados a efectuar el pago de los servicios de acuerdo con la liquidación que se practique. Salvo pactar lo contrario, el pago de los servicios se efectuará en el momento de la prestación del servicio y, en cualquier caso, antes de finalizar su estancia en las instalaciones del Escar l’Escala. Las facturas por los conceptos de estancia, agua, aire, electricidad y residuos se facturarán como máximo cada mes y los trabajos con presupuesto igual o superior a 2.000€ implicarán un pago a cuenta del 50% con carácter previo al inicio de los mismos. En la contratación del Pack invierno, deberá efectuarse un pago del 50% con carácter previo al inicio del servicio y el 50% restante antes de retirar la embarcación de las instalaciones de Escar l’Escala.

La emisión de factura a persona o entidad distinta del contratante no modificará el régimen de contratación establecido en la condición nº 1. Escar L’Escala SL, al amparo de lo dispuesto en el art. 569-3 y siguientes del Libro V del Código Civil de Cataluña, se reserva la facultad de retener la embarcación en caso de que no se haya satisfecho el pago de los servicios prestados, de modo que en tal caso la embarcación ocupante no podrá abandonar las instalaciones del Escar L’Escala, ni por mar ni por tierra, si previamente no se ha satisfecho el importe de la liquidación indicada. Asimismo, el contratante, propietario o armador de la embarcación responde con ella de este pago ante Escar L’Escala, facultando a retenerla hasta que se haya pagado la totalidad del importe adeudado.

Escar l’Escala podrá solicitar, si lo considera conveniente, un depósito a cuenta de los servicios solicitados, que al finalizar su estancia en las instalaciones del Escar l’Escala será descontado de la factura final resultante.

9. Recogida

Finalizados los trabajos y operaciones solicitadas, la embarcación debe entregarse al contratante que firmó la Solicitud de Varada, ya satisfecha la factura de los trabajos solicitados. Escar l’Escala podrá retener la embarcación en depósito hasta el pago íntegro de la factura de conformidad con el artículo 1.600 del Código Civil y artículos 569-3 y 569-4-C) de Código Civil de Cataluña. No se autorizará la entrega a terceros salvo que éstos acrediten por escrito su representación. Esta acreditación consistirá, facultativamente por Escar l’Escala, en la autorización fehaciente firmada por el propietario o en una fotocopia del contrato o documento que acredite su representación a todos los efectos, la cual, una vez confrontada con el original, quedará en poder de Escar l’Escala.

Para poner en el agua las embarcaciones con pack invierno o larga estancia en las instalaciones de Escar l’Escala, el armador o propietario deberá advertirlo con un mínimo de 15 días de antelación.

10. Abandono

Si el contratante no respondiese a los requerimientos del pago de las facturas devengadas en virtud de este contrato o, aún pagando, se negara a retirar la embarcación de las instalaciones una vez terminados los trabajos de reparación por los que se contrataron estos servicios, Escar l’Escala SL podrá, transcurridos dos meses desde el primer requerimiento, proceder a subastar la embarcación según lo previsto en el art. 569-7, siguientes y concordantes, del libro V del Código Civil de Cataluña. A estos efectos se considerará como valor de tasación para la subasta el que el contratante ha descrito como «valor asegurado». Si no se encuentra al contratante y el precio pagado en la subasta excede del debido a Escar L’Escala SL, éste depositará a nombre del contratante la diferencia existente a su favor. En el caso de que el precio de subasta no cubriera el precio de los servicios, Escar L’Escala SL se reserva el derecho de proceder contra el propietario, el armador y/o el contratante por la diferencia pendiente de pago.

11. Responsabilidad

Los riesgos de la embarcación, en el momento de ser izada y durante su estancia y varada, estarán contemplados en el seguro de responsabilidad civil que la empresa Escar L’Escala tenga contratado según la legislación aplicable. En ningún momento, Escar L’Escala será responsable de los siniestros y/o  daños que no estén cubiertos por este seguro. Los daños y perjuicios que pudieran producirse sobre la embarcación son responsabilidad de Escar L’Escala sólo cuando sean causados por negligencia de la empresa o de alguno de sus empleados en la realización de los servicios contratados, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

12. Prevención de riesgos laborales

Con el fin de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores que puedan concurrir en un mismo centro de trabajo debe darse cumplimiento al Real Decreto 171/2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, por lo que se ha desarrollado un protocolo que establece la sistemática de trabajo entre los diferentes industriales y ESCAR l’ESCALA. Para dar cumplimiento a lo que se establece en la normativa mencionada, es necesario que cualquier empresa o autónomo que acceda las instalaciones de Escar l’Escala a realizar algún trabajo, esté al corriente de sus obligaciones en materia preventiva.

De esta forma, cualquier empresa o autónomo, antes de entrar a realizar trabajos en las instalaciones del Escar l’Escala debe solicitar su acreditación ante la dirección de Escar l’Escala, sin la cual no podrá acceder a las mismas ni iniciar ninguna actuación.

Al solicitar la acreditación, ESCAR L’ESCALA les facilitará, entre otros documentos, el protocolo de coordinación de actividad empresarial, que incluirá la siguiente documentación:

  • La información e instrucciones en relación con los riesgos de la actividad laboral.
  • El Protocolo de actuación en caso de emergencia.
  • Los principios de actuación de las empresas proveedoras con información sobre las normativas y reglamentos de obligado cumplimiento.
  • La suscripción de compromisos en relación a la integración de los riesgos laborales que ha sido informada en la organización preventiva del industrial y en relación a la información y formación de los trabajadores que accedan a las instalaciones de Escar l’Escala.
  • La obligación de designar entre los miembros de su plantilla a un responsable en materia de seguridad y salud.
  • El compromiso de facilitar, antes del inicio de los trabajos, la documentación que se le requiera y sea necesaria entregar, y que deberá ser vigente durante todo el período de actividad.

Los propietarios y tripulaciones de embarcaciones que acrediten disponer de una organización preventiva, ya sea como autónomos o como empresa, deberán igualmente suscribir el protocolo de coordinación de la actividad empresarial antes de iniciar cualquier trabajo sobre sus embarcaciones en las instalaciones de Escar l’Escala.

Los propietarios y tripulaciones que NO dispongan de organización preventiva podrán acceder a las zonas de trabajo de Escar l’Escala sólo a efectos de supervisar los trabajos y, en este caso, deben ir, siempre acompañados de un industrial previamente acreditado que será el responsable en materia preventiva.

No obstante a lo anterior, los propietarios y tripulaciones que, sin disponer de organización preventiva, pretendan, en ejercicio del derecho que les reconoce el art. 8 del Reglamento de Explotación del Varador del Puerto de L’Escala, realizar trabajos en sus propias embarcaciones, los llevarán a cabo bajo su exclusiva responsabilidad quedando eximido el Escar l’Escala de toda obligación en materia preventiva de seguridad y salud respecto de los mismos y de las personas que en ellos intervengan. A tal fin, deben formular la oportuna comunicación previa a Escar l’Escala, en la que asumirán su plena y exclusiva responsabilidad en relación a los trabajos a realizar, acreditarán la suscripción de la oportuna póliza de responsabilidad civil que cubra cualquier siniestro derivado de tal actividad y se someterán al régimen y normas de funcionamiento del Escar l’Escala.

13. Reclamaciones, jurisdicción y protección de datos

Todas las reclamaciones concernientes a las operaciones y trabajos efectuados directa o indirectamente por Escar L’Escala deberán efectuarse por escrito dirigido al órgano de Dirección. Salvo que se pacte lo contrario, Escar L’Escala no garantizará el resultado de las operaciones y/o trabajos efectuados más allá de los plazos y de los supuestos previstos en la legislación aplicable. En cualquier caso corresponderá al cliente probar fehacientemente los defectos o vicios derivados de los trabajos de Escar l’Escala. Las partes declaran someterse, de forma expresa y con renuncia a su propio fuero, a la jurisdicción de los Tribunales del partido judicial de Figueres. Serán aplicables en todo caso las leyes correspondientes al domicilio de Escar l’Escala. En virtud de lo que establece la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999, los datos de este fichero, serán tratados por un archivo debidamente registrado por la ley de la Agencia de Protección de Datos.

14. Sobre la zona de varada

La zona de varada está destinada a efectuar reparaciones o trabajos.

Escar L’Escala SL se reserva el derecho de cambiar la ubicación de la embarcación por necesidades del servicio sin coste para el usuario.

Está prohibido introducir vehículos particulares dentro de las instalaciones. También está prohibido estacionar vehículos industriales excepto aquellos que tengan la consideración de taller ambulante, en cuyo caso, abonarán la tarifa correspondiente por día. Está prohibida la entrada a vehículos comerciales de cualquier tipo, salvo aquellos que suministren material a un usuario y siempre durante el tiempo mínimo necesario para descargar.

15. Sobre la zona del foso

La zona del foso está destinada a la extracción y botadura de embarcaciones y a la limpieza de obra viva.

16. Sobre los trabajos

Los trabajos de izada, botadura, apuntalamiento, limpieza de obra viva, grúa para el traslado o servicio a las embarcaciones, pintura de obra muerta y arenadas mediante chorro de agua sólo podrán ser realizados por Escar L’Escala SL. Para realizar cualquier otro trabajo en una embarcación debe acreditarse la condición de industrial ante Escar L’Escala SL o la condición de propietario sobre la propia embarcación. Sólo podrán acreditarse como industriales aquellas empresas que determina el Reglamento de Explotación del Varador del Puerto de la Escala dictado por Puertos de la Generalitat de Cataluña y hayan suscrito los protocolos exigidos por Escar l’Escala.

Los particulares que realicen trabajos en sus embarcaciones asumen su plena y exclusiva responsabilidad con respecto a los trabajos que desarrollen, con total indemnidad por parte de Escar l’Escala.

En cualquier caso, los particulares tienen prohibido realizar cualquier tipo de trabajo que suponga subir a bordo de la embarcación, la realización de trabajos en altura, apoyar o suspender elementos en la propia embarcación o en los equipos de varada, la utilización de herramientas cortantes (radiales, sierras caladoras..) o que puedan provocar chispas o fuego (sopladores, soldadores…) así como arrancar motores o cualquier otra acción que pueda resultar peligrosa para las personas o las instalaciones.

17. Sobre la acreditación

Las empresas que deseen utilizar las instalaciones deben acreditarse ante Escar L’Escala SL, proporcionando a ésta una lista de los trabajadores dados de alta en la Seguridad Social, el nombre del administrador de la empresa o encargado general y suscribir los documentos y protocolos exigidos por la Dirección de Escar l’Escala antes de iniciar de ningún trabajo. El personal administrativo o comercial de las empresas no tendrá la consideración de usuario. Todos los cambios que se produzcan en relación con la documentación referenciada tendrán que comunicarse lo antes posible y, especialmente, el cambio de administrador o encargado general y las altas y bajas de los trabajadores. El usuario será responsable de los daños y perjuicios que puedan producirse a cualquier persona y por cualquier causa debido a la carencia de notificación de los cambios.

18. Limpieza

El usuario está obligado a depositar dentro de los contenedores selectivos (madera, hierro y plásticos) los residuos que genere por causa de los trabajos que realice en una embarcación. Los residuos menores deben depositarse en los contenedores de basura distribuidos por las instalaciones. Está terminantemente prohibido depositar en cualquier contenedor materias contaminantes o tóxicas e incluso aparatos, máquinas o residuos que contengan este tipo de materias o sustancias.

19. Residuos

Escar L’Escala SL proporciona a los usuarios de las instalaciones la gestión de aceites, aguas grises y aguas negras. Si por causa de los trabajos realizados por el usuario se generan cualquier tipo de residuo tóxico o contaminante, a excepción de los anteriormente citados, éstos deberán ser retirados diariamente por el usuario y proceder a su gestión fuera de las instalaciones. Queda prohibido introducir en las instalaciones materiales o sustancias tóxicas o contaminantes no homologadas y, en especial, pintura. El coste de la limpieza o retirada de materiales o sustancias tóxicas o contaminantes se facturará al usuario.

Escar l’Escala SL repercute a los clientes y usuarios el coste de gestión y tratamiento de residuos a razón de 1,57€ por metro lineal.

20. Responsabilidades

Escar L’Escala SL no se hace responsable de los daños y perjuicios que puedan producirse en las embarcaciones por el incumplimiento de lo dispuesto en las presentes condiciones o en el Reglamento de Explotación del Varador del Puerto de L’Escala dictado por Puertos de la Generalitat de Cataluña o cualquier otra normativa de aplicación. Escar L’Escala SL se reserva el derecho de vetar la entrada a las instalaciones a los infractores.

21. General

El usuario está sometido a lo dispuesto en el Reglamento de Explotación del Varador del Puerto de la Escala de Puertos de la Generalitat de Cataluña además de las normas generales anteriormente expuestas en lo que sean de aplicación. Queda prohibida la entrada a las instalaciones de Escar L’Escala SL a los no usuarios. Queda prohibida la entrada de animales domésticos en las instalaciones. Está prohibido tener a bordo de las embarcaciones materiales inflamables, explosivos o peligrosos, excepto los cohetes y bengalas reglamentarios, reservas de combustible y bombonas de gas imprescindibles para el suministro de las instalaciones y funcionamiento de la embarcación. Escar L’Escala SL podrá paralizar e incluso prohibir los trabajos de cualquier usuario si pueden resultar peligrosos o molestos para otros usuarios. En ningún caso podrá utilizarse las embarcación varada como vivienda, pernoctar, cocinar o utilizarla como vestuario. Tampoco podrán utilizarse las duchas o fregaderos de embarcaciones dentro de las instalaciones. Está prohibida la entrada en las instalaciones a los menores de edad, aunque sean familiares de los usuarios.

22. Garantía sobre las reparaciones

Los trabajos de reparación llevados a cabo por ESCAR L’ESCALA, S.L. se encuentran garantizados por la entidad durante un período de seis meses siguientes a la finalización de las tareas de reparación. Sin embargo, las piezas sustituidas tendrán la garantía indicada por el fabricante.

La garantía cubre las anomalías o defectos cometidos por ESCAR L’ESCALA, S.L. como consecuencia del servicio efectuado y cubre la mano de obra y los materiales necesarios para su reparación. La avería debe ser comunicada el mismo día a ESCAR L’ESCALA, S.L. y la reparación debe ser efectuada siempre por ESCAR L’ESCALA, S.L. o por cualquier otro taller expresamente autorizado previamente y por escrito por ESCAR L’ESCALA, S.L.

La garantía NO incluye: los gastos de desplazamiento o estancia del personal de la empresa que intervenga en la reparación; los gastos que durante la reparación puedan generar al cliente por trabajos y/o gastos de su propia tripulación; el transporte por envío de piezas o materiales; operaciones o estancia en varadero; gastos de remolque, grúas o similares; travesías de la embarcación hasta donde se lleve a cabo la reparación; gastos por inmovilización; indemnizaciones por lucro cesante o cualquier otro gasto no contemplado en las presentes garantías.

NO será de aplicación la garantía:

  • Cuando el producto, equipos o instalaciones hayan sido manipulados o modificados por el propio cliente o por terceros no autorizados por ESCAR L’ESCALA, S.L.
  • Cuando la avería se deba a un uso inadecuado o negligente por parte del usuario.
  • Cuando la avería sea debida a accidente, caso fortuito o fuerza mayor.
  • Cuando no se comunique a ESCAR LA ESCALA, S.L. la avería durante el plazo máximo de dos días desde que se detecten los síntomas.
  • Cuando el cliente no se encuentre al corriente de pago con ESCAR L’ESCALA, S.L. de los trabajos objeto de garantía o cualquier otro encargado por el cliente.
  • Cuando los equipos o componentes no se encuentren garantizados por sus respectivos fabricantes.
  • Cuando los trabajos de reparación del ESCAR L’ESCALA, SL no hayan finalizado totalmente o cuando se trate de arreglos provisionales o de urgencia.
  • Cuando la avería se produzca sobre elementos, piezas, soldaduras etc. sobre los que ESCAR LA ESCALA, S.L. haya previamente advertido de su mal estado, haya aconsejado su sustitución o revisión o se haya informado al usuario sobre la necesidad de repararlos y el usuario haya optado por no hacerlo.

Todos los trabajos que efectúe Escar L’Escala SL a petición del usuario fuera del horario laboral se facturarán con un incremento del 50% sobre el precio de tarifa, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la facturación en el Reglamento de Explotación del Varador del Puerto de la Escala dictado por Puertos de la Generalitat de Cataluña. Escar L’Escala SL se reserva el derecho de expulsar de las instalaciones cualquier usuario que no observe las mínimas normas de urbanidad, promueva o protagonice disputas o altercados o perturbe el normal funcionamiento de los trabajos y ello sin perjuicio de las responsabilidades penales en los que pudiera incurrir. El presente reglamento complementa el Reglamento de Explotación del Varador del Puerto de L’Escala dictado por Puertos de la Generalitat de Cataluña.

Firmado en L’Escala, a 1 de enero de 2022.